Puebla de Zaragoza, a 20 de agosto de 2015
A las víctimas de desalojo y desplazamiento forzado
A los medios alternativos de comunicación
A las organizaciones populares e independientes
A los organismos defensores de derechos humanos
Al pueblo en general
El pasado 12 de agosto fueron desalojados de manera forzada de su vivienda los defensores de derechos humanos Guadalupe Mariel Bonilla Dumit e Israel Sampedro Morales. No obstante encontrarse en trámite un incidente de oposición a ejecución de sentencia que suspendía dicho desalojo. Dos día después el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla Roberto Flores Toledano emitió la siguiente declaración:
“…lo que si te puedo garantizar es que este juicio, este proceso se ha llevado con estricto apego a derecho…” […] “… hemos recibido a estas personas, hemos platicado con ellos, se les ha explicado que no es ninguna situación injusta, que esto es derivado de un adeudo de aproximadamente 10 años, y que bueno, llega este juicio a su etapa final que es el desalojo de la propiedad pero con estricto apego a derecho, no tengan la menor duda de ello…” […] “…pero lo que si te puedo yo garantizar es que se ha cumplido en todo momento y a cabalidad con el procedimiento y con lo que marca la ley, no ha habido ninguna ilegalidad por parte del Tribunal Superior de Justicia.” […] “se lo digo con pleno conocimiento y convicción de que no hay ninguna situación irregular en ese proceso.”
Dicha declaración confirma su posición en beneficio de empresas y particulares diversificados en un entramado altamente organizado para amasar ganancias millonarias por medio de la especulación inmobiliaria y financiera. De hecho, la imposición de Usted en el TSJ-Puebla obedece, como ya lo han informado algunos medios de comunicación, precisamente a generar certeza legal, y rapidez en la resolución de juicios de cartera vencida a estas corporaciones, para con ello obtener el beneplácito de las acreditadoras como Asociación de Bancos de México (ABM), el Consejo Coordinador Financiero y Moody´s de México.
En su declaración se refiere al “estricto apego a derecho”. ¿Emplazar a una persona fallecida 11 años después de su muerte, notificándola como si estuviera viva, con personas inexistentes que afirman que esta viva la persona fallecida y además hacer lo mismo en cada notificación posterior “es estricto apego a derecho”?
Menciona “hemos recibido a estas personas”, pero omite decir que una de esas reuniones fue para solicitar que intervinieran ante la actitud prepotente y amenazante del diligenciario par José Martín Salazar Hernández, adscrito al Juzgado Décimo Segundo Especializado en Materia Financiera, diciendo: “No puede estar grabando, porque si no me lo llevo detenido”, quien al mismo tiempo obstruyó la documentación de hechos de la ilegal diligencia del pasado 20 de mayo, que nuestro compañero Israel Sampedro Morales, Coordinador General de la Red de Defensa de los Derechos Humanos (REDDH) realizaba con su teléfono celular. Acaso esto es “cumplir en todo momento y a cabalidad con el procedimiento”?
Por cierto han pasado tres meses y aún se desconoce las conclusiones de la queja. ¿O también la calificara de legal, aún constando en vídeo el actuar violento del diligenciario par José Martín Salazar Hernández?
Afirma conscientemente “que no es ninguna situación injusta”. Sr. Magistrado Flores Toledano ¿sabía usted que cobrar interés ordinario y moratorio viola el artículo 21 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos porque se configura anatocismo y usura, es decir, es una de las formas en que se materializa la explotación del hombre por el hombre?
Refiere que es “un adeudo de aproximadamente 10 años”. Mentira. Es un juicio que tiene 25 años. La deuda original ya fue pagada desde la primer cesión de derechos litigiosos. De hecho esta cuarta cesionaria en adjudicación directa compró a ZENDERE -cuyos ejecutivos trabajaron para HSBC, antes BITAL, entidad financiera del préstamo original- los derechos litigiosos en $35,000.00 (treinta y cinco mil pesos cero centavos moneda nacional). En un estricto sentido los últimos cesionarios no prestaron el dinero para el pago de la casa. Lo único que hicieron fue comprar derechos litigiosos. En todo caso lo que se podría considerar como deuda con los últimos cesionarios son los $35,000.00 (treinta y cinco mil pesos cero centavos moneda nacional). Porque ya prescribieron los derechos del banco para cobrar su deuda original.
¿Acaso no sería mejor vender esos derechos litigiosos a las familias deudoras para garantizar el derecho humano a la vivienda, en lugar de que un grupúsculo de empresarios lucren con inmuebles que revenden en más del 1000% de lo que vale el juicio comprado? Y que dicho sea de paso rematan en un tercio del valor real del inmueble, adjudicándoselo de manera ventajosa.
Sin duda existen dos criterios diametralmente opuestos respecto al mismo tema de la vivienda. Mientras nosotros insistimos que se deben ponderar los derechos humanos como criterio de los Jueces en este tipo de juicios. Ustedes ponderan el Código de Comercio, es decir, la vivienda como mercancía.
Para nosotros se ejecutó una sentencia viciada de origen, con lo cual el Tribunal Superior de Justicia legitima una ilegalidad. Para ustedes es de interés público la ejecución de sentencias, aunque estas sean producto de irregularidades procesales.
Para la ley el procedimiento legal es que la albacea sea quien intervenga en la defensa de los derechos de la persona fallecida. Para ustedes, es legal que una persona fallecida sea vencida en juicio.
Sin temor a equivocarnos, su trayectoria como conocedor y practicante del derecho, desde su despacho Flores Toledano y Rullan Abascal, S.C., hasta ahora como Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, usted representa una extensión de la defensa de intereses de poder financiero e inmobiliario. Por ello el tema de la vivienda, difícilmente será analizado de acuerdo a los criterios internacionales en derechos humanos.
Insistimos en que es una burla para la sociedad poblana y para el pueblo mexicano que se haya hecho una reforma constitucional en derechos humanos, pero en los hechos, los criterios de los juzgadores continúen en la lógica del carácter mercantil de la vivienda, situación que también se aplica a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, restringiendo y violentando derechos fundamentales para una condición de vida digna.
Lo anterior no es un hecho aislado, por el contrario, es una política de Estado que por un lado genera las condiciones legales que restringen el acceso a los derechos humanos y por otro lado demagógicamente utiliza a los mismos para legitimar sus actos criminales, garantizando impunidad. Si bien se han logrado avances y conquistas políticas, sociales y jurídicas en ciertos temas, no es porque el Estado mexicano sea benevolente, estos logros han sido por los procesos organizativos de lucha del pueblo mexicano.
COMBATIVAMENTE
¡La Vivienda es un Derecho Humano, NO una Mercancía!
¡Alto a los desalojos y desplazamientos forzados!
¡La impartición de justicia es un derecho, NO un favor del Estado!
¡Por la unidad obrero, campesina, indígena y popular!
Frente Nacional de Lucha por el Socialismo (FNLS)
Red Nacional de Defensa de los Derechos Humanos (RENDDH)
Red de Defensa de los Derechos Humanos (REDDH)
Unión Por la Organización Estudiantil (UPOE)
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Dignidad, Justicia, Libertad
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